A. 157/07Auto2007
Conflicto Negativo De Competencia Suscitado Entre El Tribunal Contencioso Administrativo De Antioquia Y El Juzgado Quince Civil Del Circuito De Medellin (Antioquia), En Resolver Una Accion Popular. Las Funciones De La Corte Constitucional En Materia De Conflicto De Competencia Se Circunscribe Exclusivamente A Resolver Los Conflictos Que Se Presenten En Materia De Tutela. Por Fuera De La Accion De Tutela La Corte No Esta Autorizada Constitucional Ni Legalmente Para Dirimir Colisiones De Competencias Que Se Presenten En Acciones Supralegales. Declara Que La Corte Constitucional No Es Competente Para Conocer El Conflicto Negativo De Competencia En El Presente Caso Y Ordena Remitir El Expediente A La Secretaria General De La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura Para Que Sea Definido El Conflicto Negativo De Competencia